Sanciones: multas
- Por incumplimiento de inscripción patronal en el plazo de máximo 60 días desde el inicio de la relación laboral, entiéndase desde la inscripción en IPS o en otro Seguro Social.
- 10 jornales: a partir del día 61 al 75
- 15 jornales: a partir del día 76 al 90
- 20 jornales: a partir del día 91 al 120
- 25 jornales: a partir del día 121 al 150
- 30 jornales: superior a 150, es decir a partir del día 151 en adelante.
- Por no presentar las PLANILLAS en plazo, orden y modalidad fijada por el MTESS, será sancionada por:
- 10 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación no supere 30 días
- 15 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 31 días a 60 días
- 20 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 61 días a 90 días
- 25 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 91 días a 120 días
- 30 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación supere los 120 días
- Por falta de comunicación de las sanciones como amonestaciones, apercibimientos, suspensiones, despidos, vacaciones, entrada y salida de empleados, accidentes etc., en plazo, orden y modalidad fijada por el MTESS, será sancionada por:
- 1 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación no supere 30 días
- 2 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 30 días a 45 días
- 3 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 46 días a 60 días
- 4 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 61 a 90 días.
- 5 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación supere los 90 días
OBS: La multa por comunicación de accidentes de trabajo, riesgos laborales y enfermedades profesionales, será establecida en la legislación y reglamentación respectiva.