COMUNICACIONES ANTE EL MTESS

Todas las comunicaciones, ya sean:

  • amonestaciones,
  • permisos,
  • vacaciones,
  • Sanciones, como: apercibimientos, suspensiones en general
  • entrada y salida de los trabajadores de MIPYMES al Registro Único del Personal
  • accidentes de trabajo, riesgos y enfermedades profesionales

se deberán comunicar al MTESS a través del sistema REOP.

 

Plazo para comunicar: período de presentación

Del 1 de marzo al 30 de abril de cada año, o según resolución dictada, cada año por el MTESS.

Multa por falta de comunicación en plazo, orden y modalidad fijada por el MTESS, será sancionada por:

1 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación no supere 30 días

2 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 30 días a 45 días

3 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 46 días a 60 días

4 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 61 a 90 días.

5 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación supere los 90 días

 

Multa por no presentar las PLANILLAS en plazo, orden y modalidad fijada por el MTESS, será sancionada por:

10 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación no supere 30 días

15 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 31 días a 60 días

20 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 61 días a 90 días

25 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación sea de 91 días a 120 días

30 jornales mínimos: cuando la mora en la presentación supere los 120 días

OBS: La multa por comunicación de accidentes de trabajo, riesgos laborales y enfermedades profesionales, será establecida en la legislación y reglamentación respectiva.

Exoneración de Multas

Las multas citadas anteriormente, podrán ser exoneradas para las MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS hasta el 50%  por única vez, con la condición de que los propietarios o responsables accedan a un curso de capacitación a ser dictado por la Dirección de Registro Obrero Patronal sobre el uso del Sistema de Comunicaciones del REOP.

Marco Normativo:

a) Decreto N° 9368/18.

b) Decreto N° 8304/18

c) Resolución N° 804/17

d) Ley 4.457/12