Ley 213/93, art. 261 / 271

Asignación familiar:

 

equivalente al 5%  del salario mínimo por cada hijo (matrimonial, extra o en adopción).

Requisitos: art. 262 C.T.

  1. hijo menor de 17 años
  2. sin limite de edad para el hijo discapacitado físico o mental
  3. que el hijo se halle bajo la patria potestad del trabajador
  4. la crianza y educación del hijo sea a expensas del beneficiario
  5. que resida en el país

¿Cuando se extingue el beneficio?

  1. al desaparecer las condiciones mencionada anteriormente
  2. por exceder el salario del beneficiario del 200% del mínimo legal