Asunción , 26 de agosto de 2020
SEÑORA
Ana Belén Alvarez Rivas
PRESENTE
Ref.: AMONESTACION
Por medio de la presente, se le comunica que la Escribanía Paniagua dispuso amonestarla, por negarse a realizar su trabajo, contestar los correos electrónicos, y por omitir cumplir repetidas órdenes de su Superior, la Escribana Carmen Paniagua, durante la jornada laboral del día 25 de agosto de 2020. Dicha conducta constituye falta grave y contraviene las disposiciones de la Escribanía Paniagua y las normas legales.
Por lo expuesto, la Escribania Paniagua ha resuelto sancionarle con una amonestación bajo apercibimiento de que, en caso de reincidencia en la misma falta, se procederá a dar por concluido su contrato de trabajo, conforme lo dispuesto en el Art. 81, inc. v) del Código del Trabajo.
Esperando que revea su conducta, le saludamos atentamente.
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Escribanía Paniagua
La que suscribe, Sr Ana Belen Alvarez Rivas con C.I.N° 3.478.977, declara bajo fe de juramento que recibe y acepta la sanción de amonestación por negarse a realizar su trabajo, contestar los correos electrónicos, y por omitir cumplir repetidas órdenes de su Superior, por la Escribania Paniagua, comunicada en fecha 26 de agosto de 2020 .
Firma del trabajador:
Aclaración: Ana Belen Alvarez Rivas
C.I. N°: 3.478.977
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En razón de la negativa del trabajador de firmar y recibir la presente sanción, firman en calidad de testigos de la amonestación por negarse a realizar su trabajo, contestar los correos electrónicos, y por omitir cumplir repetidas órdenes de su Superior, impuesta por la Escribania Paniagua a la señora Ana Belen Alvarez Rivas, comunicada en fecha 26 de agosto de 2020 .-
1. Firma del testigo:
Aclaración:
C.I. N°:
2. Firma del testigo:
Aclaración:
C.I. N°: